Principios Rectores del Dirigente Cooperativo
Una precisión conceptual.
En el sector de cooperativas de ahorro y préstamo de México (también llamadas cooperativas financieras), es común utilizar el concepto de “directivo” para identificar a quienes integran los consejos de administración y vigilancia.
Esta denominación se fue forjando desde que inició el movimiento de cajas populares en nuestro país en 1951, cuando aún no se contaba con un director o gerente general ni empleados remunerados que realizaran tareas operativas.
Años después, se normativizó el concepto “directivo” en el artículo 30 de los Estatutos para las Cajas Populares que indicaba: “Son directivos…los socios elegidos por su asamblea o que estén cubriendo una vacante de acuerdo a estos estatutos para integrar los siguientes órganos de gobierno: consejo de administración, consejo de vigilancia y comité de crédito”. (versión de estatutos de 1988). En ese tiempo, el comité de crédito también era considerado órgano de gobierno.
Incluso por esa tradición conceptual, desde 1991 se celebra el Día del Directivo cada 12 de octubre.
Sin embargo, en el lenguaje organizacional el término directivo es aplicable a funcionarios de primer nivel, por lo que sería más adecuado llamar consejeros precisamente a quienes son elegidos para formar parte de ambos consejos.
Como ahora no es nuestro interés entrar en controversias conceptuales –en ocasiones ociosas— llamaremos dirigentes a quienes forman parte del gobierno corporativo de la cooperativa financiera, a saber: consejo de administración y comités y comisiones que lo apoyan en el desarrollo de sus funciones, consejo de vigilancia, director o gerente general, principales funcionarios y puestos claves como el auditor interno y el administrador de riesgos.
A este conglomerado dirigencial le son aplicables los Principios Rectores que en seguida expondremos.
Principios rectores del dirigente cooperativo.
Cuando comencé a asesorar y capacitar a dirigentes de cooperativas hace casi 40 años, difundía como único principio garante de la gobernabilidad el primero que citaremos, es decir, el de Legalidad. Posteriormente, la experiencia me ha conducido a incorporar otros adicionales.
En esta ocasión, se exponen los que considero fundamentales para forjar un buen gobierno corporativo, los cuales deben observarse permanentemente por el dirigente de cooperativas financieras.
1º Principio de Legalidad.
El principio fundamental para garantizar la gobernabilidad y la estabilidad institucional se denomina de “Legalidad” o “Autoridad”, que consiste en lo siguiente: Quien sea considerado como órgano de gobierno estará supeditado en forma estricta al principio jurídico de AUTORIDAD. El principio de referencia señala que “la autoridad sólo puede hacer hasta lo que la ley le señale”.
Este principio implica el respeto absoluto de las funciones que le corresponden a cada quien.
A este principio lo complementa el principio de LIBERTAD que indica: “El individuo puede hacer todo aquello que la ley no le prohíbe”. Es decir: en este caso, lo no prohibido estará permitido para el socio.
2º Principio del marco normativo eficaz.
Es necesario un marco normativo eficaz, considerando que la Ley General de Sociedades Cooperativas determina precisamente “generalidades”, por lo que la cooperativa debe establecer normas internas claras, precisas y no expuestas a interpretación. Además, las buenas prácticas de gobierno corporativo que se pretendan implementar, deben convertirse en normas formales para que no queden en simples intenciones o modas pasajeras.
Esta normatividad sobre gobernanza cooperativa se concentra en bases constitutivas, código de ética, manual de buenas prácticas de gobierno corporativo, reglamentos de consejos y comités, entre otros.
Sin embargo, es necesario considerar que la Asamblea General eventualmente aprueba pocas normas jurídicas internas (bases constitutivas y, en su caso, un reglamento interno o equivalente), y que el mayor volumen de ellas corresponde al gran legislador institucional que es el consejo de administración. Por lo tanto, si este órgano de gobierno se autoimpondrá normas, debe desempeñar esta función con total honestidad y responsabilidad social, a efectos de procurar el bien común y no incurrir en conflicto de interés.
3º Principio del desempeño profesional.
El hecho de que la cooperativa de ahorro y préstamo sea considerada “intermediario financiero” y participe formalmente en el sistema financiero, implica la profesionalización directiva y operativa en todos los niveles organizacionales. Por lo anterior, es necesario establecer perfiles especializados de los miembros de los consejos de administración y vigilancia, así como del director o gerente general y principales funcionarios. Todos deben contar con competencias técnicas y conocimientos acordes a las decisiones que van a tomar.
En los consejos de administración y vigilancia, respectivamente, los acuerdos deben tomarse de manera colegiada, lo cual implica que solamente serán válidos cuando se toman en juntas formales, convocadas y celebradas reglamentariamente, teniendo el quorum requerido y con la mayoría de votos estipulada.
4º Principio de las decisiones con responsabilidad social.
Las decisiones que impliquen gran impacto financiero o reputacional, deben tomarse con prudencia y claridad de los riesgos que se asumen, así como orientarlas al bien común de la sociedad cooperativa y la protección de su patrimonio.
Un buen ejercicio mental consiste en tomar decisiones como si el dinero utilizado es de nuestra propiedad personal, y su minusvalía o pérdida nos afectaría.
También repercutirán en costos de oportunidad las omisiones ante una gestión gerencial deficiente o la parálisis por conflictos internos, así como la falta de previsión sobre los cambios que deben impulsarse para que la cooperativa siga desarrollándose. En estricto sentido, las omisiones directivas y la falta de previsión también son decisiones implícitas, sin que se plasmen en un acuerdo formal.
5º Principio de la solución eficaz de conflictos.
A cada uno de los integrantes del gobierno corporativo se les otorga poder, el cual puede utilizarse para generar bien común o causar daño a la sociedad cooperativa. Además, lo ejercen personas que están expuestas a reaccionar con emociones negativas que derivan en conflictos y guerras internas. De hecho, las crisis de gobernabilidad ordinariamente inician con un conflicto interpersonal que se convierte en “bola de nieve” al paso del tiempo porque no fue debida y oportunamente atendido.
Por lo anterior, los conflictos internos deben detectarse y atenderse rápida y eficazmente, teniendo como sustento la normatividad aplicable, el sentido común y la madurez de las partes para resolverlo.
6º Principio de la rendición de cuentas.
La representación se da en cascada. Los socios nombran delegados a la Asamblea General y estos, a su vez, eligen a los miembros de los consejos de administración y vigilancia. El consejo de administración contrata un director o gerente general, el cual designa a sus principales colaboradores quienes van delegando funciones y responsabilidades en forma descendente.
Pero cualquier delegación de responsabilidades, es sujeta de evaluación y, en su caso, de reconocimiento o sanción. Por lo tanto, es necesario un sistema eficaz de rendición de cuentas de forma ascendente, basado en metas de gestión e indicadores relevantes.
7º Principio de la mejora continua.
La gestión del dirigente cooperativo debe ser acorde a los tiempos modernos y orientada por una visión de futuro, buscando siempre la trascendencia organizacional. Para ello, es necesario tener pasión por la mejora continua.
El dirigente actual está obligado a ser un profundo conocedor del entorno en que se desenvuelve su cooperativa y de los factores económicos, financieros, tecnológicos y competitivos que la afectan. Igualmente, debe conocer, adaptar e implementar las mejores prácticas corporativas, tanto de empresas cooperativas como del sector privado.
Una eficaz estrategia para consolidar el aprendizaje organizacional de nuestra cooperativa es relacionarse y convivir con empresas emblemáticas, ya que el éxito suele ser contagioso.